Cerraduras Electromagnéticas

Encontradas todos los años en los Códigos Internacionales de Construcción (IBC), las Puertas de Control de Acceso son consecuencia del legado de los códigos de los años 80s y 90s. Debido a su relación con sistemas de alarmas contra incendios y a la apertura de puertas por medio de sensores cuando alguien está cerca, una puerta con cerradura electromagnética tenía la limitante de proporcionar seguridad y protección. También, debido a que el código no es especifico en cuanto al tipo de cerradura referida, éstas han llevado a interpretaciones creativas y algunas veces costosas.

Referencias

Código Internacional de Construcción (IBC) – 2012
UL 294 – Unidades de Sistemas de Control de Acceso– 2009 

Guia Rápida — Requisitos

IBC 1008.1.9.9 para Puertas de Salida con Cerradura Electromagnética

La puertas de salida en edificios con ocupaciones del Grupo A, B, E, M, R-1 o R-2 y las puertas hacia espacios de inquilinos del Grupo A, B, E, M, R-1 o R-2 tienen permitido instalar cerraduras electromagnéticas si éstas están equipadas con cerrajería que incorpore un interruptor integrado y cumpla con los requisitos mencionados a continuación:

  1. La cerrajería listada que está instalada en la puerta debe tener un método obvio de operación y que esté lista para su operación bajo todas las condiciones de iluminación.

  2. La cerrajería listada debe poder operarse con una mano.

  3. La operación de la cerrajería listada debe interrumpir directamente la alimentación a la cerradura electromagnética y abrir la puerta inmediatamente.

  4. La pérdida de alimentación de la cerrajería listada debe abrir automáticamente la puerta.

  5. Cuando se requiera cerrajería para salida contra incendios de conformidad con la sección 1008.1.10, la operación de la cerrajería listada para
    salida contra incendios o pánico también debe liberar la cerradura electromagnética. 

UL 294

Los requerimientos estándar de control de acceso aplican para la construcción, desempeño y operación de los sistemas y equipamientos físicos de control de acceso, que tengan como propósito regular o controlar la entrada y/o salida de un área controlada, área protegida o área restringida. El alcance de control de entrada/salida puede incluir el reporte y registro de las actividades de ingreso y egreso. 

IBC 1008.1.9.8 para Puertas de Salida con Control de Acceso

Las puertas de salida en edificaciones con ocupaciones en los Grupos A, B, E, I-2, M, R-1 o R-2 y las puertas de entrada hacia espacios de inquilinos para ocupaciones en los Grupos A, B, E, I-2, R-1 o R-2 tienen permitido equiparse con un sistema de control de acceso que debe instalarse de conformidad con todos los criterios siguientes:

  1. Se debe proporcionar un sensor en el lado de egreso instalado para detectar a un ocupante que se aproxime a las puertas. Las puertas deben instalarse para abrirse cuando reciba una señal del sensor o cuando este pierda la alimentación eléctrica.

  2. La pérdida de alimentación eléctrica a un sector del sistema de control de acceso debe abrir las puertas de ese sector automáticamente.

  3. Las puertas se deben instalar para abrirse desde un dispositivo manual de apertura ubicado de 40 a 48 pulgadas (1016mm a 1219mm) verticalmente
    por encima del suelo y dentro de 5 pies (1524mm) de las puertas aseguradas. Debe existir acceso irrestrico al dispositivo de apertura manual y el dispositivo debe ser identificado claramente por medio de una señal que diga “EMPUJE PARA SALIR.” Cuando se opere, el dispositivo de apertura manual debe causar una interrupción directa de la alimentación eléctrica hacia la cerradura— independiente a las partes electrónicas del sistema de control de acceso— y las puertas deben permanecer sin seguro durante un mínimo de 30 segundos.

  4. La activación del sistema de alarma contra incendios del edificio, si existe uno, debe quitar el seguro a las puertas automáticamente, y las puertas deben permanecer sin seguro hasta que el sistema de alarma contra incendios se haya restablecido.

  5. La activación de aspersores automáticos para edificios o el sistema de detección de fuego, si existe uno, debe quitar el seguro a las puertas automáticamente. Las puertas deben permanecer sin seguro hasta que el sistema de alarma contra incendios se haya restablecido.

  6. Las puertas de entrada en edificios con ocupaciones en el Grupo A, B, E o M no deben cerrarse con seguro del lado de egreso durante periodos en los que el edificio esté abierto al público en general. 

Clasificación de Uso y Destino en base al IBC 

Descripción Grupo
Reuniones A-1, A-2, A-3, A-4 7 A-5 
Negocios  B
Educacional  E
Fabrica e Industria  F-1 7 F-2 
Also Peligro  H-1, H-2, H-3, H-4 y H-5
Institucional  I-1, 1-2, I-3 e I-4 

 

Mercantil 

M
Residencial/Hotelero  R-1, R-2, R-3, R-3.2 y R-4
Almacenamiento  S-1 7 S-2 
Servicios y Misceláneas